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ECONOMíA

18 de febrero de 2026

Reforma laboral: qué cambia tras la decisión del Gobierno de eliminar el artículo de licencias médicas

El Poder Ejecutivo dio marcha atrás con el artículo 44 del proyecto de reforma laboral, que establecía escalas salariales diferenciadas del 50% y 75% para trabajadores con enfermedades o accidentes ajenos al servicio

>El debate de la reforma laboral en Argentina sumó un nuevo capítulo tras la determinación del Gobierno de La modificación propuesta buscaba alterar la naturaleza de los pagos durante los períodos en que un trabajador se encuentra impedido de prestar servicios por razones de salud ajenas al trabajo. Al caerse esta iniciativa, el sistema de seguridad social y las obligaciones directas del empleador permanecen sin los cambios de fondo que habían sido planteados en las mesas de negociación técnica del Consejo de Mayo.

Con la eliminación del artículo 44 del proyecto original, se descartó una de las modificaciones más profundas al régimen de licencias por enfermedad. La normativa que se pretendía implementar estipulaba que, cuando un trabajador sufría un accidente o enfermedad no relacionada con su empleo, el derecho a percibir su sueldo se vería segmentado según el origen de la afección.

Por otro lado, si el accidente o la enfermedad no eran consecuencia de una conducta voluntaria del trabajador, el pago correspondía al 75% del sueldo, manteniendo los mismos plazos según la situación familiar. El texto también blindaba este derecho ante decisiones patronales, determinando que, si el empleador aplicaba suspensiones por motivos económicos o disciplinarios, esto no afectaba la percepción del porcentaje salarial previsto durante el período de convalecencia. Al retirarse este artículo, todos estos porcentajes y plazos diferenciados quedan sin efecto, rigiendo nuevamente el esquema tradicional de pago del 100% del salario.

La decisión oficial generó repercusiones inmediatas en las cúpulas empresariales. La Unión Industrial Argentina (UIA) había sido una de las entidades que más activamente participó en la elaboración de propuestas para este capítulo de la reforma. La intención de los industriales era avanzar hacia un modelo donde el costo de la enfermedad no recayera de forma exclusiva y total sobre la espalda del empleador privado.

Para la entidad fabril, la actual legislación argentina presenta una asimetría respecto a los sistemas de seguridad social de países vecinos, donde el riesgo de enfermedad es mutualizado a través de fondos estatales o seguros específicos después de un breve período inicial cubierto por la empresa.

La preocupación central de las cámaras no reside únicamente en el aporte patronal, sino en lo que denominan la “industria del ausentismo” y la falta de previsibilidad ante certificados médicos recurrentes.

La idea del sector empresario era que el trabajador cobrara el neto de bolsillo, que la empresa le pagara la obra social y no abonar las cargas sociales por un tiempo determinado. Aunque ese punto beneficiaba al sector, ya que se advierten abusos relacionados con las enfermedades y los certificados, cuando el Gobierno resolvió eliminarlo, no lo consideraron negativo, ya que evalúan la iniciativa en su conjunto.

El régimen que continúa vigente establece que el empleador debe abonar el salario completo con todas sus cargas por períodos de tres a seis meses, dependiendo de la antigüedad del trabajador, y hasta doce meses si este tiene cargas de familia. Para una pequeña y mediana empresa, el sostenimiento de un salario sin contraprestación laboral y con el peso de los impuestos al trabajo suele ser señalado como un factor de vulnerabilidad financiera que puede afectar la estabilidad del emprendimiento.

Con este punto fuera de la mesa, el Gobierno busca agilizar el tratamiento de los ejes que considera troncales para la reactivación del empleo. A pesar de la decepción inicial en algunos sectores industriales por la continuidad del esquema de licencias médicas, el consenso general en el ámbito corporativo es de cautela. Se entiende que la prioridad oficial es garantizar la aprobación parlamentaria de los puntos que generan mayor consenso técnico y político, evitando batallas laterales que podrían empantanar el debate general de la ley en las comisiones legislativas.

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